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viernes, 5 de noviembre de 2010
La Psicologia, ¿Una ciencia? Depende...

He decidido escribir un post sobre algunas de las reflexiones por las que creo que la psicología si puede ser considerada una ciencia y otros motivos por lo que no.
Es evidente que la psiclogía es experimental, osea se basa en hechos que pueden ser refutables. Los psicólogos dividen la conducta humana en parcelas para su posterior análisis, hasta aquí todo es propio de una ciencia pura e inequivoca.
El problema surge cuando la consideración de la conducta humana deja de ser lineal (como ocurre en la psiclogia moderna), pasa a ser expeculativa, es el resultado de muchos hechos y factores cuyas cantidades solo son estimables de manera imprecisa. Este es uno de los grandes enigmas que para mi no hacen de la psiclogía una ciencia 100 % ciencia (en realidad mi única consideración de ciencia es la física).
Como colofón, si me preguntan si es una ciencia, claro que sí, y la teología también lo es, pero hay matices. La psicología educativa, la psicología clinica...aún estan por definir, sus teorías son demasiados complejas y ambigüas, pero por el contrario la psicobiologia y ramas del estilo si se acercan más al concepto de "ciencia".
¿Podemos considerar ciencia a algo que ya desde su concepto da a entrablar debato sobre su validez?
jueves, 7 de octubre de 2010
Video sobre la conferencia de Cristobal Cobos
Aquí os dejo un vídeo de la última conferencia dada por Cristobal Cobos en la universidad de Barcelona. Esta conferencia está relacionada con la innovación docente y no sólo eso, también nos sirve para ver cómo podemos desenvolvernos mejor si alguna vez tenemos que exponer algo ante un público "experto".
P.S: La aplicación que ha usado para realizar esa presentación se llama Prezi y la podéis encontrar aquí
viernes, 3 de septiembre de 2010
Video sobre Cristianismo
Navegando por la red encontré un vídeo que quizás os resulte interesante, en él se cuenta la historia d un ateo que muere y habla con Dios.
miércoles, 1 de septiembre de 2010
Nuevas funcionalidades de GoogleDOcs
Hace aproximadamente un mes leíamos en el Blog oficial de Google Docs su anuncio respecto a las nuevas mejoras en la plataforma.
Os dejo el enlace para que podáis seguir al tanto de las nuevas mejoras y novedades...como por ejemplo poder publicar directamente un articulo en tu web usando googledocs.
miércoles, 19 de mayo de 2010
Tener experiencia profesional podrá ahorrar medio curso de una carrera
"Tener experiencia profesional podrá ahorrar medio curso de una carrera."
Con este titular me encontraba en el país edición digital, me interesó bastante y me puso a leerlo para aclarar si esto que indicaba en el titular era correcto.
Pues si señores, se está estudiando un nuevo real decreto para igualarnos a alguna paises europeos (que novedad). En otros países con una experiencia laboral específica en el campo puedes convalidarla hasta por el 100% de la titulación, es decir si has estado trbajando en el sector de la informática durante X años puedes solicitasr que se te convalide un título superior...es algo increible pero cierto. Pero bueno miremos la parte buena, España siempre ha sido muy especialita con estas cosas y, al conotrario de nuestros amigos europeos, sólo podremos convalidar un 15 % de la titulación...
Vamos a poner un ejemplo...tener experiencia laboral para la carrera de abogacía es complicado pero por ejemplo...un titulado superior en FP podría saltarse el primer curso de una ingeniería informática...si es una burrada pero así son las cosas.
Mi opinión es que en un país en crisis en la que sobran titulados universitarios se van a generar más...osea será un país igual de pobre pero con más titulados universitarios...por favor...
Aquí os dejo la noticia
sábado, 15 de mayo de 2010
Orden EDU/849/2010
Orden EDU/849/2010, por la que se regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla.
"3.8 millones de personas con discapacidad, más de 5000 asociaciones luchando por sus derechos"
En esta orden se definen las competencias y la formación de los nuevos equipos de orientación que deben estar activos en los próximos años en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Esto es una gran noticia para los futuros psicopedagogos ya que en teoría dberían salir más plazas para cubrrir las nuevas vacantes.
Articulo d lectura obligatoria para cualquier persona que esté relacionada conla educación.
Orden
domingo, 25 de abril de 2010
¡No hablemos con los Aliens!.Stephen Hawking
Viendo algunas de las noticias relacionadas con la ciencia encontré una que despertó mi atención, un artículo en la prensa inglesa times cuyo titular era:
"Don’t talk to aliens, warns Stephen Hawking"
"No hablemos a los Alines, advierte Stephen Hawking"
El articulo viene a decirnos que
Probablemente intenten destruirnos antes de que nos convirtamos en una amenaza real para ellos.
Os dejo el enlace al artículo completo:
http://www.timesonline.co.uk/tol/news/science/space/article7107207.ece
jueves, 22 de abril de 2010
Superdotación en España

Buscando un poco de información sobre superdotación llegué a varias webs, que a continuación comparto con vosotros, por si os son de utilidad. La superdotación es algo que casi nunca se trata o diagnostica en las escuelas por eso conocer el tema nos ayudará a ser mejores psicopedagógos.
Enalces:
Sociedad Española para el Estudio de la Superdotación
Evaluiación de la superdotación
Espero que os sean de utilidad, Suerte.
martes, 2 de marzo de 2010
"Equidad en la Educación" LOE
Debemos admitir que existe una necesidad a la hora de atender al alumnado, hasta la llegada de la LOE no se representaba legalmente esta necesidad, o si se hacía no se clarificaba correctamente sus competencias ni sus campos de actuación. La llegada de la LOE supone un cambio en el sentido de escuela inclusiva, en ella se empiezan a hacer referencias tales como:
"El protagonismo que debe adquirir el profesorado se desarrolla en el título III de la Ley.En él se presta una atención prioritaria a su formación inicial y permanente, cuya reforma debe llevarse a cabo en los próximos años, en el contexto del nuevo espacio europeo de educación superior y con el fin de dar respuesta a las necesidades y a las nuevas demandas que recibe el sistema educativo."
Uno de los principios de la LOE es mejorar la cualificación del profesorado, tanto de forma inminente como de forma futura. Todo esto viene definido de forma concreta en el TITULO II de la LOE del que podemos extraer esto:
Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
Artículo 71. Principios.
1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley.
2. Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.
3. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.
4. Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.
Artículo 72. Recursos.
1. Para alcanzar los fines señalados en el artículo anterior, las Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado.
2. Corresponde a las Administraciones educativas dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los centros públicos y privados concertados.
3. Los centros contarán con la debida organización escolar y realizarán las adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas para facilitar a todo el alumnado la consecución de los fines establecidos.
4. Las Administraciones educativas promoverán la formación del profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo.
5. Las Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo.
Artículo 74. Escolarización.
1. La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas,
cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo
se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.
2. La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación
y en los términos que determinen las Administraciones educativas.
3. Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial.
Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse,
siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un régimen de mayor integración.
4. Corresponde a las Administraciones educativas promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria.
5. Corresponde asimismo a las Administraciones educativas favorecer que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en las enseñanzas postobligatorias, así como adaptar las condiciones de realización de las
pruebas establecidas en esta Ley para aquellas personas con discapacidad que así lo requieran.
Solo analizando estos artículos de la LOE nos damos cuenta del gran fallo que comete cuando habla de atender las necesidades educativas especiales. Todo se lo deja a la administración educativa, algo que es completamente lógico pero...¿hay suficientes recursos para llevar todo esto a cabo?, pues creo que no porque para demostrar que esto no es algo real o que se esté llevando a cabo sólo debemos pasarnos cualquier día por uno de los centros de nuestra ciudad y hablar con algún psicopedagogo o profesor. Todos tienen algo en común, no pueden atender a 30 alumnos de los cuales hay 1 diagnosticado y 7 sin diagnosticar...
Para acabar,una frase que me dijo uno de los profesores cuando hablé con él..."Devuelvo la pizarra digital si se llevan a 5 alumnos que necesitan apoyo urgente".
Artículo 71. Principios.
1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley.
2. Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.
3. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.
4. Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.
Artículo 72. Recursos.
1. Para alcanzar los fines señalados en el artículo anterior, las Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado.
2. Corresponde a las Administraciones educativas dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los centros públicos y privados concertados.
3. Los centros contarán con la debida organización escolar y realizarán las adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas para facilitar a todo el alumnado la consecución de los fines establecidos.
4. Las Administraciones educativas promoverán la formación del profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo.
5. Las Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo.
Artículo 74. Escolarización.
1. La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas,
cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo
se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.
2. La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación
y en los términos que determinen las Administraciones educativas.
3. Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial.
Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse,
siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un régimen de mayor integración.
4. Corresponde a las Administraciones educativas promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria.
5. Corresponde asimismo a las Administraciones educativas favorecer que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en las enseñanzas postobligatorias, así como adaptar las condiciones de realización de las
pruebas establecidas en esta Ley para aquellas personas con discapacidad que así lo requieran.
Solo analizando estos artículos de la LOE nos damos cuenta del gran fallo que comete cuando habla de atender las necesidades educativas especiales. Todo se lo deja a la administración educativa, algo que es completamente lógico pero...¿hay suficientes recursos para llevar todo esto a cabo?, pues creo que no porque para demostrar que esto no es algo real o que se esté llevando a cabo sólo debemos pasarnos cualquier día por uno de los centros de nuestra ciudad y hablar con algún psicopedagogo o profesor. Todos tienen algo en común, no pueden atender a 30 alumnos de los cuales hay 1 diagnosticado y 7 sin diagnosticar...
Para acabar,una frase que me dijo uno de los profesores cuando hablé con él..."Devuelvo la pizarra digital si se llevan a 5 alumnos que necesitan apoyo urgente".
lunes, 1 de marzo de 2010
La escuela inclusiva...cabemos todos.
"La inclusión es un concepto teórico de la pedagogía que hace referencia al modo en que se debe dar respuesta en la escuela a la diversidad."
Según esta reflexión la escuela inclusiva va dirigida a todos los alumnos no sólo a aquellos alumnos con Necesidades Educativas Especiales. Cuando hablamos de escuela inclusiva, hablamos de equidad, de normalidad. La escuela inclusiva no solo tiene en cuenta que seamos diferentes sino que valora de forma real esa diferencia.Por tanto podemos decir que una escuela inclusiva o una educación inclusiva es toda aquella que acoge una cierta diversidad, pero no sólo eso, sino que también emplea recursos para atenderla.
Calendario Psicopedagogía

Antes la necesidad de algo que nos ayude a guiarnos durante este cuatrimestre, Moussa y yo decidimos crear un calendario para poder organizarnos entre nosotros dos, pero como hemos aprendido el cuatrimestre pasado las cosas se comparten para mejorar, asíq que el claendario estará disponible para todos aquellos que quieran participar en él, solo tienen que pedir acceso para poder añadir las cosas.
Hemos decidido seguir las guías del profesor Juan Manuel Trujillo y compartirlo con todos de forma altruista, porque si debemos seguir las de otra persona quizás os cobraríamos 5 € mensuales por acceder...:)
domingo, 28 de febrero de 2010
¿Nuevo cuatrimestre nueva asginatura.!
Bueno este es el primer post del nuevo cuatrimestre, durante estos meses nos introduciremos en el tema de la educación especial. Después de haber entrado en profundidad en la escuela 2.0 no debemos olvidar a aquellas personas que realmente necesitan nuestra ayuda y nuesta innovación docente, por esto nuestra nuevo reto es fomentar una escuela inclusiva, apta para todos.
lunes, 25 de enero de 2010
Evaluamos a Tamara
- Contenido: Todo correcto, colocado con colores, hipervínculos y demás que hacen de cada post una experiencia agradable al visitante.
- Post al margen de la asignatura: Tamara tiene bastantes post al margen de la asignatura, la mayoría de ellos muy interesantes.
- Estructura y diseño: Diseño simple y cuidado, hace que navegar sea agradable y que no cueste trabajo encontrar las cosas.
- Calidad de los vínculos: Medir la calidad de los vínculos es dificl, pero solo al revisar varios de ellos se comprueba que Tamara le ha dedicado mucho tiempo a la búsqueda y selección´de los mismos.
- Temporalización: La temporalización es totalmente correcta.
Autoevaluación
Como todos mis compañeros comentan, llegamos al final de una pequeña etapa que hemos recorrido a lo largo de este cuatrimestre, acercándose ya el final nos toca evaluarnos a nosotros mismos y a nuestros compañeros, vamos a empezar.
Contenido: Creo que todo el contenido que se ha dado o se ha exigido en el curso lo podemos encontrar en el blog, además de material extra.
Estructura y diseño: creo que la estructura y el diseño son amigables, sobre todo para gente no habituada a navegar por Internet.
Vínculos: Los vínculos han sido seleccionados siguiendo una serie de criterios, como calidad, disponibilidad, sencillez de uso,etc.
Temporalización: La temporalización, a pesar de poder falsificarse de manera muy simple, ha sido la correcta, con periodo vacacional navideño, pero correcta.
Por todo esto creo que me merezco un 9 :).
domingo, 10 de enero de 2010
¿Qué es una escuela 2.0?
En este vídeo que he encontrado por la red nos explica, y mucho más que eso, nos muestra cómo es y cómo funciona una escuela 2.0, cuáles son sus valores y sus ventajas.
Como siempre mi opinión es que están siendo demasiado idealistas, sobre todo cuando se ve a todo el alumnado sentado atendiendo, todo muy limpio y recogido.
Como siempre mi opinión es que están siendo demasiado idealistas, sobre todo cuando se ve a todo el alumnado sentado atendiendo, todo muy limpio y recogido.
viernes, 18 de diciembre de 2009
Analizamos un artículo sobre innovación.
En esta ocasión el articulo elegido para el análisis es "El ordenador de Zapatero puede provocar miopía" que podemos encontrar aquí.
Hace unos días podíamos ver en las noticias que el gobierno catalán no quiere introducir los portátiles de Zapatero en sus escuelas ya que según un comité de experto (pagados por ellos claro está) ha llegado a la conclusión de que a la larga podría producir miopía en algunos niños. La respuesta del gobierno central a sido la siguiente, "nosotros hemos dado un presupuesto X, ustedes tienen a libertad de comprar los ordenadores que quieran" a lo que el gobierno catalán, después de su payasada mostrando los supuesto portátiles de Zapatero en televisión y tratándolos como si fuese lo peor que ha hecho en la vida, no ha contestado.
Mi opinión ante la introducción de los portátiles en la escuela es totalmente contradictoria, el por qué, lo escribiré en otro post dedicado a ello.
Esta noticia me sorprendió bastante, ya que, una vez más el gobierno catalán muestra sus discrepancias con el gobierno central, debido a que no quiero hablar de política en mi blog el tema queda finalizado aquí.
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